El próximo 31 de enero vence el plazo para pagar sin recargo el Impuesto a las personas jurídicas

Todas las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitada que se encuentren inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional deberán pagar el Impuesto a las personas jurídicas a más tardar el próximo miércoles 31 de enero de 2024. El monto por…

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Francisco Villalobos

Published on

10/01/2024
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Todas las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante y las empresas individuales de responsabilidad limitada que se encuentren inscritas en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional deberán pagar el Impuesto a las personas jurídicas a más tardar el próximo miércoles 31 de enero de 2024.

El monto por pagar por este impuesto va de un 15% hasta un 50% de un salario base, tomando en consideración que para el año 2024 el salario base se mantiene en 462,200.00 colones, los representantes legales de personas jurídicas deberán cancelar lo siguiente:

  • Sociedades Inactivas, 15% de un salario base. (69,330.00 CRC)
  • Sociedades con ingresos brutos menores a 120 salarios base, 25% de un salario base. (115,550.00 CRC)
  • Sociedades con ingresos brutos en el rango entre 120 salarios base y menor a 280 salarios base, 30% de un salario base. (138,660.00 CRC)
  • Sociedades con ingresos brutos equivalente a 280 salarios base o más, 50% de un salario base. (231,100.00 CRC)

En caso de no pagar en tiempo el impuesto, los contribuyentes se exponen a intereses moratorios, la imposibilidad de emitir certificaciones de personerías jurídicas, el no poder inscribir documentos ni contratar con el Estado o instituciones públicas, hasta la eventual disolución de la sociedad mercantil.

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