Revivir sociedades liquidadas. Nueva ley.

Gracias a los recursos informáticos los gestores de datos pueden cruzar información y obtener resultados …

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Francisco Villalobos

Published on

09/05/2022
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La semana pasada en entrevista con la abogada Adriana Herrero de ICS, conversamos sobre los efectos que tendría la entrada en vigencia de una nueva ley de la República, la que permite que las sociedades que fueron liquidadas por falta de pago al impuesto sobre las sociedades, “reviviesen”. Bueno, por su importancia y porque ha pasado un poco desapercibido en medio de tanto cambio, anuncio de autoridades y asuntos de Estado que se apuran en los últimos días de gobierno de la Administración Alvarado, me permito hoy compartir estos datos y reflexiones sobre el asunto de fondo. Les invito además a sintonizar Radio Columbia los martes a las 11 am 98.7 FM en el programa que dirigo desde hace muchos años, Gente Gerente, y donde se dio la entrevista que comento.

La ley tiene como objetivo principal permitir que las sociedades que hayan sido disueltas por el no pago del impuesto a las personas jurídicas o por el vencimiento del plazo, de acuerdo con lo indicado en la Ley 9428 del 2017, tengan la posibilidad de reinscribirse en el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional para poder seguir llevando a cabo sus actividades comerciales.

Las empresas que quieran solicitar la reinscripción deberán:

  • Pagar la totalidad de los montos pendientes + multas, sanciones e intereses.
  • Presentar la solicitud de reinscripción en un plazo no mayor a 3 años después de la declaratoria de su disolución.
  • Adjuntar con la solicitud la documentación que acredite la cancelación de la totalidad de los montos adeudados.

Tal y como indica el texto de la ley en el transitorio I, el Poder Ejecutivo 3 meses para emitir el reglamento desde su entrada en vigencia, en el cual se deberá indicar el paso a paso del procedimiento de solicitud. Finalmente es importante recordar que el texto de la norma detalla que una vez reinscritas, estas sociedades tendrán 2 meses para cumplir con lo previsto en la Ley 9416, referente al registro de los accionistas y beneficiarios finales.

Se acusa recibo: Afganistán vuelve a imponer nuevas reglas a la vestimenta y limitación de vida de las mujeres. Asume el nuevo gabinete presidido por el presidente Chaves. Macron asumen en Francia por cuatro años más. Se devela estatua de Gustavo Cerati en San José. Estados Unidos se debate en torno a Roe v. Wade respecto del aborto. Carlos Vargas deja la Dirección General de Tributación luego de 10 años en el cargo.

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