➢ La resolución fue publicada en el Alcance Nº 190 de la Gaceta Nº 221 el 25 de noviembre de 2024.
➢ La resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2025.
La resolución MH-DGH-RES-0054-2024 / MH-DGA-RES-1817-2024 fue publicada en el Alcance Nº 190 de la Gaceta Nº 221 el 25 de noviembre de 2024 y entrará en regir el 01 de enero de 2025.
Se establece una tasa de interés del 8,43% aplicable tanto al sujeto pasivo como a la Administración Tributaria, conforme a los artículos 57 y 58 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y el artículo 61 de la Ley General de Aduanas.
Esta tasa será aplicable en los siguientes casos:
- Pagos tardíos de obligaciones tributarias aduaneras tras el hecho generador.
- Cobros indebidos de tributos realizados por la Administración Aduanera.
- Cálculo de intereses sobre multas impuestas por el Servicio Nacional de Aduanas, a partir de los tres días hábiles posteriores a la firmeza de la resolución sancionatoria.
Se deja sin efecto la resolución anterior (MH-DGH-RES-0032-2024/MH-DGA-RES-098-2024) publicada el 24 de junio de 2024.
Este ajuste actualiza las tasas de interés y establece un marco claro para su aplicación, fortaleciendo la seguridad jurídica en las gestiones tributarias y aduaneras.
Si su empresa necesita adecuarse a este nuevo marco normativo nuestro equipo está disponible para asesorarle.