A 3 años de la Ley 9635

Se cumplieron el viernes primero de julio, 3 años desde que entró en vigencia la Ley 9635, una normativa que sin duda cambió el sistema tributario costarricense al generar cambios muy importantes en los dos principales impuestos

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Francisco Villalobos

Published on

05/07/2022
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Se cumplieron el viernes primero de julio, 3 años desde que entró en vigencia la Ley 9635, una normativa que sin duda cambió el sistema tributario costarricense al generar cambios muy importantes en los dos principales impuestos, incluyendo a los servicios como parte de los hechos generadores y migrando nuestro arcaico impuesto de ventas a un IVA más parecido al delos europeos e insertando a las ganancias de capital como parte de nuestras vidas cotidianas, muy especialmente para las personas que obtienen ingresos por concepto de alquileres.

Seguramente harían falta muchas páginas para analizar los cambios y consecuencias de los mismos pero 36 meses luego de que entrara en vigencia yo me atrevo a proponer ciertos cambios que requieren hacerse a las normas promulgadas. Queda claro, no serán los únicos, pero comenzamos por aquí.

En el IVA, debemos reformar la norma para aclarar las reglas de acreditación, resolver el entuerto en la industria constructiva que no permite la acreditación del IVA soportado y tratar de unificar tipos. Luego, es urgente para la competitividad de la industria costarricense, que se instaure un sistema de devoluciones con controles ex post y no previos y mejorar sensiblemente el sistema de exoneraciones.

En el impuesto sobre la renta, nos hacen falta normas para evitar la doble imposición internacional, para permitir la deducción de gastos en rentas de capital inmobiliario, para aclarar el devengo en ganancias por diferencial cambiario ( referido en un par de columnas atrás ) y para aclarar que nuestro sistema no grava las rentas devengadas en el exterior. No hablo de reformas deseables a nuestro sistema, sino que conforme a lo que el legislador de la 9635 estableció, se aclaren y respeten tales reformas que tanto a nivel administrativo como judicial, no se siguen respetando. Propongo una suerte de aclaraciones y ajustes como un reconocimiento de nuestro Congreso que las leyes merecen ser revisadas y que la opinión que debe escucharse primordialmente es la de los destinatarios de tales normas, o sea, los contribuyentes. Sería todo un detalle, que los colegios profesionales, las cámaras y asociaciones tuviesen la oportunidad de ser escuchados por los y las legisladoras. Las normas son una cosa cuando se aprueban, otra cuando se aplican, porque la interpretación y aplicación de las mismas es un proceso que produce casi siempre, resultados distintos a los imaginados por sus percursores.

Hago para finalizar eco de una solicitud planteada por las autoridades la semana pasada:

“Si durante el periodo de contingencia, usted pagó los impuestos por medio del formulario D-110, y ahora, al momento de realizar la presentación de la declaración, dicho monto se refleja en el sistema de conectividad bancaria, omita ese cobro. Esta Dirección ( la DGT ) se encargará de eliminar esos montos de manera automática.”

Me parece una aclaración importante que no ha recibido suficiente difusión.

Se acusa recibo: La OTAN invita formalmente a Finlandia y Suecia a ser parte del Tratado. Tiroteo en centro comercial en Copenhagen. Cartago pasa a la final del fútbol nacional. Arranca el Tour de France. Tormenta Bonnie produce daños menores a los esperados en Costa Rica.

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