El Ministerio de Hacienda puso a disposición una lista actualizada de servicios digitales transfronterizos sujetos al Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), la cual rige desde el 8 de septiembre de 2026.
La medida comprende servicios adquiridos mediante plataformas digitales de proveedores no domiciliados en Costa Rica y consumidos en el territorio nacional. Estas operaciones se encuentran sujetas a la tarifa general del 13% de IVA.
Cuando el proveedor se encuentra incluido en la lista de Hacienda y el pago se realiza mediante una tarjeta de crédito o débito, la percepción del impuesto corresponde a las entidades emisoras de las tarjetas. De esta forma, el IVA se aplica al momento de realizar el pago del servicio.
La actualización de la lista resulta relevante tanto para consumidores como para empresas que contratan servicios digitales del exterior, debido a que permite identificar las plataformas sobre cuyos pagos corresponde efectuar la percepción del 13% de IVA.
