Impuesto a las casas de lujo

El Impuesto debe ser cancelado dentro de los primeros 15 días naturales del período fiscal correspondiente (a más tardar el 15 de enero de cada año).

Written by

Francisco Villalobos

Published on

09/01/2023
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Saludos de año nuevo y los mejores deseos para ustedes y sus familias y empresas. Este año ICS, la firma que fundé con otros dos socios en 1993,  cumple 30 años. Como emprendedor, veo hacia atrás y pienso en todo lo que hemos hecho y me emociona pensar en todo lo que estamos haciendo y en todo lo que sigue. Con las dificultades que constantemente plantea el sistema para quienes emprendemos, tener el objetivo claro y basarse en valores para decidir las diversas alternativas que se presentan en las decisiones que hay que tomar, han sido nuestras guías en ICS. Comparto esta alegría con ustedes, quienes semana a semana me honran con leer lo que escribo. Gracias.

Hoy quiero compartir alguna información sobre el Impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda,  creado en noviembre del 2008 mediante la Ley 8683, la cual entró en vigencia en octubre del 2009. Le conocemos como el impuesto a las casas de lujo.

El Impuesto debe ser cancelado dentro de los primeros 15 días naturales del período fiscal correspondiente (a más tardar el 15 de enero de cada año). Para el año 2023 debido a que el 15 de enero es domingo, la obligación formal y material se traslada para el lunes 16 de enero de 2023.

La base imponible del impuesto es definida en forma progresiva mediante el uso de una escala de tipos, la cual contempla una base exenta de ₡148 000 000 (Ciento cuarenta y ocho millones de colones) para el período fiscal 2023, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ejecutivo N°43852-H publicado en el Alcance 282 del Diario Oficial La Gaceta el 23 de diciembre de 2022.

A partir del valor superior fiscal superior a este monto se le aplica el impuesto, los tipos aplicables van desde el 0,25% hasta el 0,55%.

El valor del inmueble se determina con base en la propiedad o titularidad de un derecho de uso, goce o disfrute de un bien inmueble de uso habitacional, ocasional o de recreo, tanto las instalaciones fijas como las permanentes, y se cuantifica de acuerdo con el valor fiscal de la propiedad y sus respectivas edificaciones.

Para determinar el valor del bien inmueble se utilizan los parámetros establecidos por la Dirección General de Tributación, los cuales se indican tanto en el Manual de Valores Base Unitario por Tipología Constructiva, para el caso de las construcciones y las instalaciones, así como en los modelos de valoración para  determinar el valor de los terrenos donde se ubiquen.

La declaración del impuesto se debe presentar cada 3 años dentro de los primeros 15 días naturales de enero del período fiscal correspondiente, la actual declaración del año 2022 cubre los años 2022, 2023 y 2024, por cual para el año 2023 solamente se requiere cumplir con la obligación material del impuesto y no declarar el valor.

Colaboró en la recopilación y redacción de estos datos el abogado de ICS Leonardo Ávila.

Se acusa recibo. El dólar baja 4.29 colones la primera semana del año. Muere Pelé. Seguidores de Bolsonaro invaden y atacan el Congreso, la Presidencia y el Supremo Tribunal de Brasil. Amazon anuncia más de 18.000 despidos ante economía “incierta”. Kevin McCarthy es electo presidente de la Cámara de Representantes de Estados Unidos tras 15 rondas de votaciones que tuvieron lugar a pesar de que el Partido Republicano había logrado la mayoría en la cámara baja. Muere Joseph Ratzinger, Benedicto XVI. Banco Central sube tasas anuales máximas para créditos y microcréditos.

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